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Manual de Convivencia Escolar

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

 INTRODUCCIÓN

El Gimnasio Educativo Montpellier tiene una tradición de formación de sus estudiantes como ciudadanos a partir de la pedagogía de la convivencia y el desarrollo de la autonomía moral e intelectual.

En esta perspectiva, la construcción del Manual de Convivencia, en sus diferentes versiones, ha sido el resultado de la participación y concertación de todos los estamentos del colegio para establecer los principios y valores que lo rigen.

La primera versión de este Manual se elaboró como borrador en el año 2021 mientras se construía y daba forma a nuestro Proyecto Educativo Institucional, y se termina de construir el día 20 de febrero del 2022, año en que se dio apertura formal y legal de nuestra institución educativa.

En la reescritura del Manual de Convivencia realizada en el año lectivo 2022 se han tenido en cuenta las directrices formuladas en la Ley 1620 de 2013 y del Decreto 1965 de 2013, normas según las cuales se crea y reglamenta el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

En dicho decreto se indica: “Que el Gobierno Nacional reconoce que uno de los retos que tiene el país, está en la formación para el ejercicio activo de la ciudadanía y de los derechos humanos, a través de una política que promueva y fortalezca la convivencia escolar, precisando que cada experiencia que los estudiantes vivan en los establecimientos educativos, es definitiva para el desarrollo de su personalidad y marcará sus formas de desarrollar y construir su proyecto de vida; y que de la satisfacción que cada niño y joven alcance y del sentido que, a través del aprendizaje, le dé a su vida, depende no sólo su bienestar sino la prosperidad colectiva”.

El Proyecto Pedagógico Institucional resulta coherente con el espíritu de la nueva Ley. Sin embargo, el Manual de Convivencia requirió ajustes importantes como la creación de un Comité Escolar de Convivencia, ajustes que no implicaron la modificación de los principios y valores que rigen a nuestra comunidad.

Se presenta a la comunidad educativa el Manual de Convivencia que rige a partir del 04 de marzo de 2022, en el cual se precisan la pedagogía de la convivencia, los principios y valores, los derechos y deberes, y las normas y procedimientos que rigen y orientan la convivencia. Todos son parte esencial de nuestra cultura institucional.

MISIÓN Y VISIÓN INSTITUCIONAL DEL GIMNASIO EDUCATIVO MONTPELLIER

Formar parte del Gimnasio Educativo Montpellier es aceptar la responsabilidad de construir comunidad aquí y ahora, según los parámetros orientadores establecidos en la Misión y en la Visión del Colegio.

 

MISIÓN

El Gimnasio Educativo Montpellier tiene como objetivo principal, desarrollar al máximo las capacidades de cada uno de nuestros niños y niñas de la mano de un equipo humano competitivo y por medio del uso de herramientas pedagógicas innovadoras que nos ayudarán a promover un ambiente formativo constructivista y un ambiente escolar afectivo e inolvidable para ellos.

VISIÓN

Brindar un servicio formativo de alta calidad en los niveles de educación del alumnado, promoviendo la autorrealización, perseverancia, el amor por el trabajo, amor por sí mismo, por los demás y por el medio ambiente. Implementando metodologías de aprendizaje moderno que contribuyan al desarrollo de una sociedad más justa y equitativa basada en valores y conocimientos.

CAPÍTULO 1

De los Fines y Principios

¿QUÉ ES EL MANUAL DE CONVIVENCIA?

El Manual de Convivencia del Gimnasio Educativo Montpellier es la carta institucional que regula la convivencia entre estudiantes, padres de familia, maestros, psicólogos, coordinadores, directivos, personal administrativo y de mantenimiento y demás personas vinculadas al colegio.

Este Manual se orienta por valores que garantizan el ejercicio de los derechos y promueven el cumplimiento de los deberes, favorecen la participación democrática y hacen posible la convivencia sobre las premisas del respeto, el diálogo, el reconocimiento de los acuerdos y normas, la capacidad de establecer compromisos, el reconocimiento y afrontamiento de los conflictos, la aceptación de las responsabilidades y el aporte a la solución de los mismos.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO GENERAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA?

El objetivo general del Manual de Convivencia del Gimnasio Educativo Montpellier es orientar y regir la vida en comunidad, a través del desarrollo de una pedagogía de la convivencia, que contribuya a la formación de ciudadanos comprometidos con la creación de una sociedad más justa y democrática.

La pedagogía de la convivencia involucra una reflexión crítica sobre las relaciones interpersonales, sus posibilidades y problemas. En un contexto formativo, genera prácticas y procesos para aprender a convivir en comunidad. Es también una puesta en práctica, un proyecto y una búsqueda para construir ciudadanía y democracia a través de la formación de ciudadanos autónomos.

El Gimnasio Educativo Montpellier, enmarcado en los principios y valores enunciados en la Misión, que inspiran una convivencia para la paz y un espíritu democrático, es un espacio abierto a la pluralidad de caracteres, opiniones, formas de ser e ideas.

En esta perspectiva, se asume la CONVIVENCIA como eje fundamental del proceso educativo y, al mismo tiempo, se concibe como un ejercicio fundamentado en aprender a vivir con los demás en el reconocimiento de las particularidades y las diferencias.

De ahí que la convivencia deba estar marcada siempre por el RESPETO, esto es, por el comportamiento y la actitud basados en el reconocimiento de la dignidad propia y de los otros.

 La convivencia como ejercicio de LIBERTAD también nos enseña a hacernos responsables de nuestras acciones y sus consecuencias. Éste es proporcional al grado de responsabilidad que asumimos en lo que hacemos.

En su dimensión ética, el proceso formativo que conduce a la libertad no puede concebirse sin una AUTORIDAD, ante la cual el sujeto aprende a hacerse libre. La razón de ésta consiste en actuar como guía, apoyo y control en el proceso de construcción de la propia autonomía y del bienestar de la comunidad.

La AUTONOMÍA, consiste en la construcción personal de valores, saberes, normas y criterios que orienten, en el ejercicio de la libertad, las acciones y actitudes de cada sujeto, ante sí mismo y ante los otros, que le permitan asumir sus responsabilidades. De manera específica, la autonomía intelectual se refiere a la capacidad del sujeto de aprender a pensar por sí mismo, a partir de unos saberes y conocimientos, que lo integren a la sociedad; mientras que la autonomía moral consiste en aprender a usar la libertad y asumirla de manera responsable.

¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA?

El presente Manual constituye un marco de referencia común que permitirá a todos:

  • Hacer previsible lo que se espera de cada uno en su ejercicio de convivencia.
  • Reconocer que existen valores, derechos, deberes y normas, que marcan pautas y señalan límites al comportamiento.
  • Comprender mejor las dimensiones y alcances de los actos en la medida en que afectan no sólo al individuo sino también al otro.
  • Prevenir y resolver las posibles situaciones de conflicto o riesgo en la comunidad educativa.
  • Actuar según establece el debido proceso y respetar el conducto regular, para atender oportunamente las situaciones que se presenten.
  • Contribuir a la construcción de comunidad y al manejo equitativo, democrático y participativo de la misma.

¿EN QUÉ PRINCIPIOS SE FUNDAMENTA LA CONVIVENCIA EN EL GIMNASIO EDUCATIVO MONTPELLIER?

Respeto a la dignidad humana

La dignidad es un valor inalienable inherente a todo ser humano. En nuestra comunidad el respeto a la dignidad humana se manifiesta en el reconocimiento del otro en su particularidad, en el cuidado de su integridad y en la posibilidad de la construcción de proyectos e ideales de vida íntegros y solidarios.

 Responsabilidad

La responsabilidad implica la capacidad de decidir y actuar teniendo en cuenta las consecuencias para sí mismo y para los otros; significa asumir los límites de la propia libertad y del respeto.

La responsabilidad supone el deber de reconocer los errores y asumirlos, así como el compromiso de aprender de ellos.

Solidaridad

Valor fundamental que surge de ubicarse como miembro de una comunidad y de una sociedad que comparte principios, valores, intereses y deberes, que nos lleva a participar activamente en el reconocimiento del otro a través de su apoyo y consideración, respetando siempre su dignidad y buscando su bienestar.

El principio de solidaridad implica la consideración del bien común sobre el bien particular, al concebirnos en relación con el otro y con la comunidad.

La solidaridad contribuye de manera directa a desarrollar sentido de pertenencia, al crear y reforzar vínculos que constituyen toda comunidad humana; y es el camino más directo para aportar en la búsqueda de una sociedad cada vez más justa.

Honestidad

Es una actitud sincera que refleja el compromiso y el respeto para decir la verdad y actuar con justicia frente a sí mismo, hacia los otros y hacia el entorno. La honestidad implica aceptar constructivamente nuestros errores y el compromiso de dar prioridad al bien común sobre el particular.

Respeto por el medio ambiente

La responsabilidad que tenemos ante nosotros mismos y ante los otros se extiende a la actitud de respeto frente a la naturaleza y, en particular, a nuestro ecosistema.

Por lo anterior, debemos generar acciones conducentes a la preservación y mejoramiento del medio ambiente, a la educación con el propósito de elevar la calidad de vida de quienes habitamos el planeta, y a la protección de los derechos ambientales de las presentes y futuras generaciones. Para ello debemos buscar soluciones concretas a los problemas ambientales de hoy y del futuro.

 CAPÍTULO 2

DE LA CONVIVENCIA Y SU EJERCICIO

2.1. INVITACIÓN A PARTICIPAR: VIVIR ES APRENDER A CONVIVIR

Somos seres humanos y, por esta razón, desde el momento en que nacemos iniciamos un proceso de convivencia permanente que trasciende el espacio privado de la familia y se extiende a diversos espacios comunitarios. En todo lugar y en todo momento, este proceso implica asumir responsabilidades compartidas con los otros. Así, el aprendizaje de la convivencia continúa a lo largo de nuestra vida, y va haciendo posible el conocimiento de nosotros mismos y de los otros.

Lo anterior nos convoca a participar de la convivencia, entendiendo ésta como la intervención de los sujetos en los asuntos de la comunidad educativa. Esta participación busca la construcción de convicciones compartidas como condición para lograr el sentido de pertenencia al Proyecto Educativo Institucional. Debe ser activa, responsable y permanente, requiere del concurso de todos y asumirse de manera decidida, durante todo el proceso educativo.

Aprender a vivir en comunidad es un proceso de importancia vital, continuo y difícil, que exige de nuestra parte una disposición permanente al diálogo, posibilitando la participación en los procesos comunitarios y la solución concertada ante las diferencias, de tal modo que se anteponga el bien común al bien particular.

Nuestro Colegio es un espacio por excelencia para la convivencia. En él crecemos, soñamos, nos esforzamos, triunfamos, aprendemos de nuestros errores, en fin, compartimos el tiempo y la vida con otras personas, todas ellas con creencias, opiniones, formas de ser y pensar que pueden ser diferentes a las nuestras. Al brindarnos la posibilidad de conocer a otros seres humanos en su particularidad, en su diversidad y con sus diferencias, enriquecemos nuestra experiencia del mundo. Lo anterior solo es posible si tenemos en cuenta los principios, valores y acciones de la pedagogía de la convivencia.

2.2. NOCIONES PARA LA CONVIVENCIA Y LA PARTICIPACIÓN

2.2.1 Sujeto integral

Ser humano que le da un significado propio a su experiencia del mundo; se encuentra en permanente interacción con su entorno; como ser social configura el mundo y lo valora; construye convicciones, experiencias y expectativas que le permiten responder a las exigencias sociales.

 2.2.2 Comunidad

Se entiende la comunidad como un conjunto de sujetos que se relacionan entre sí de manera organizada, para alcanzar fines o propósitos.

Es el espacio social por excelencia, donde cada sujeto contribuye de manera responsable al bien de cada una de las comunidades en las que se inscribe.

2.2.3 Civilidad

Es la puesta en práctica de la vida social en comunidad. Implica la vivencia por parte del ciudadano de las condiciones que hacen posible la cooperación y la aceptación de los acuerdos colectivos.

2.2.4 Pertenencia

Es la integración a una comunidad, reconociendo sus prácticas, sus símbolos y objetivos, de tal forma que se generen lazos de solidaridad, identidad y convivencia.

2.2.5 Autoridad

Son las instancias legitimadas por la comunidad (instituciones, cargos y funciones representadas por personas), para mantener el orden promoviendo, motivando y estimulando la convivencia armónica.

La autoridad se sustenta en los principios que rigen la comunidad y se orienta con propósitos pedagógicos, los cuales se concretan en normas; estas son acuerdos formalmente establecidos que regulan el comportamiento de los sujetos y sus relaciones.

Asumimos que aceptar las normas e integrarlas a nuestra cotidianidad nos permite entender el mundo e interactuar con él, desde el ejercicio de una libertad responsable.

2.2.6 Conflicto

Es una situación que evidencia incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses y/o valores en pugna. Todo conflicto tiene causas, desarrollo y ciertas consecuencias; puede darse en diferentes niveles: personal, interpersonal, grupal o intergrupal.

Los conflictos existen en toda comunidad; siendo inherentes a las relaciones entre los seres humanos, deben convertirse en oportunidades privilegiadas para el desarrollo de las competencias ciudadanas, en el marco del respeto por la diferencia y la tolerancia de la condición individual y comunitaria de todos los miembros de la comunidad educativa.

2.2.7 Autonomía moral e intelectual

En tanto que la autonomía moral se centra en aprender a usar la libertad y a ser responsable de lo que se hace, el ejercicio de la misma implica la construcción progresiva de la autorregulación.

Autorregularse implica hacer propias las normas y cumplirlas voluntariamente, ayudar a otros para que también las cumplan y estar dispuesto a resolver pacíficamente los conflictos.

Por su parte, la autonomía intelectual se fundamenta en el conocimiento, el cual es un elemento esencial en la formación del sujeto, ya que permite construir visiones y modelos posibles del mundo.

El esfuerzo que se debe realizar para adquirirlo requiere compromiso, rigurosidad y disciplina en el trabajo intelectual.

2.2.8 Conflictos manejados inadecuadamente

Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante, y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

2.2.9 Agresión escolar

Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de ella, de los cuales por lo menos uno es estudiante.

La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica:

  1. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
  2. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
  3. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.
  4. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
  5. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

 2.2.10 Acoso escolar:

De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

2.2.11    Ciberacoso escolar: De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

2.2.12 Violencia sexual:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, «se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor».

PARÁGRAFO. Las definiciones contenidas en este capítulo, reseñadas a partir de la definición de los “Conflictos manejados inadecuadamente” corresponden al precepto legal del artículo 39 del Decreto 1965 de 2013.

2.3. ESTRATEGIAS DE CONVIVENCIA PEDAGÓGICA

En la convivencia suceden con frecuencia conflictos que evidencian contraposición de intereses y/o valores en pugna. Los conflictos existen en toda sociedad y debemos considerarlos como inherentes a las relaciones entre seres humanos. Como estrategias de convivencia pedagógica frente a los conflictos se consideran las siguientes.

2.3.1 El diálogo

El diálogo, entendido como la disposición para expresar respetuosamente las diferencias a través del lenguaje, es la estrategia de convivencia más importante para canalizar y solucionar los conflictos, ya que permite llegar a acuerdos sin ofender la dignidad humana.

 2.3.2 Organización

La comunidad educativa requiere de la participación activa y permanente de los sujetos que la conforman. Por eso es necesario lograr una articulación que permita actuar con la suficiente responsabilidad y orden de acuerdo con los objetivos propuestos por esa comunidad.

2.3.3 Reparación

La reparación se asume como un componente de la sanción disciplinaria; implica hacerse responsable y reflexionar sobre el daño causado a otro o a los bienes personales o comunes, para encontrar formas de restituir el daño y/o las relaciones afectadas en el conflicto. Se basa en la utilización de estrategias que le permitan, tanto al ofensor como al ofendido, elaborar sentimientos conciliadores y modificar actitudes.

2.4. EJERCICIOS DE CONVIVENCIA

Los ejercicios de convivencia, enmarcados en la pedagogía de la convivencia, promueven el reconocimiento del sujeto como alguien particular y único, en quien la convivencia se fundamenta en el respeto, la libertad y la autonomía, que deben vivenciarse en todos los actos educativos.

2.4.1      Impulsar la civilidad. Para impulsar la civilidad se realizan actividades que promueven una vivencia positiva de los acuerdos producidos en la vida en común. Estas actividades son coordinadas por las diferentes instancias que vinculen a la comunidad              para participar y reflexionar como ciudadanos frente a los acontecimientos del colegio, la familia, la ciudad, la región, el país y el mundo.

2.4.2      Instancias de participación. Están conformadas por la organización del Gobierno Escolar y del Gobierno estudiantil, a los cuales pertenecen:

  • El Comité Escolar de Convivencia

Nuestra Institución acoge dentro de la Pedagogía de la Convivencia que rige este Manual, el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, contenido en la Ley 1620 de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965 de 1913.

Dentro de este sistema, el Comité Escolar de Convivencia es el encargado de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del presente Manual y de la prevención y mitigación de la violencia escolar.

Está integrado por el Rector de la Institución, el personero estudiantil, el docente con función de orientación designado por el Rector, el Coordinador pedagógico, el presidente de la Junta Directiva, el presidente del Consejo Estudiantil y el docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar, designado por el Rector.

  • Consejo Directivo

Conformado por el Rector, dos representantes de los docentes de la institución elegidos por mayoría de votos en una asamblea de docentes, dos representantes de los padres de familia elegidos por la Asamblea General Ordinaria, un representante de último grado cursando, elegido por el Consejo Estudiantil, y el representante de los exalumnos que ocupe el cargo de Presidente de la Asociación de Exalumnos.

  • Consejo Académico

Está conformado por el Rector, directivos docentes y docentes por cada área o grado

  • Consejo Estudiantil

Cada nivel, desde tercero hasta undécimo, elige dos representantes para que participen con voz y voto en el Consejo Estudiantil. El Consejo Estudiantil es el organismo coordinador de las actividades que proyectan y llevan a cabo los estudiantes, con el fin de preservar el espíritu de convivencia y civilidad en la institución.

  • Junta Directiva

Nombrada cada dos años por la Asamblea General, la integran tres miembros designados entre sus integrantes por la Junta Directiva saliente y ocho (8) miembros elegidos por la Asamblea General que sean Asociados, padres de familia o tutores de alumnos matriculados con matrícula vigente.

  • Gobierno de Clase

Forman parte de él todos los estudiantes que pertenecen a los grupos de cada nivel. El gobierno de clase está conformado por una Junta Directiva constituida por un presidente(a), un tesorero(a), un secretario(a), los comités de entorno, ética y actividades y el profesor Director de grupo como Coordinador de los mismos.

  • Personero(a)

Elegido democráticamente, tiene como función, según la legislación establecida, promover los deberes y defender los derechos de los estudiantes. Trabaja con los comités de ética y el Consejo Estudiantil.

2.5. ACCIONES DE PARTICIPACIÓN

  • Tomar parte activa en el gobierno de clase.
  • Promover el Manual de Convivencia.
  • Integrarse a las actividades propuestas por el Colegio para motivar la convivencia.
  • Participar en la elaboración de proyectos de clase, nivel y Colegio.
  • Utilizar los medios adecuados para resolver los conflictos, procurando ejercer acciones mediadoras.
  • Dar buen ejemplo a todas las personas, en particular a los menores. Ser partícipe de los comités de convivencia escolar.

CAPÍTULO 3

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD Y SUS MIEMBROS.

“Obra de tal modo que puedas querer que lo que tú haces sea ley universal de la naturaleza”.

Kant

El hecho de que haya una comunidad organizada para formar en ciudadanía, ubica a cada uno de sus actores –estudiantes, maestros, psicólogos, padres, directivos y otros– en el reto de afrontar, desde sus intereses y sus ideales, la compleja tarea de cumplir con la Misión del Colegio. Esto implica generar espacios de discusión y aprendizaje de la convivencia en El Gimnasio Educativo Montpellier, de allí la importancia de divulgar y apropiarnos de nuestro Manual de Convivencia como un pacto social que fortalece día a día nuestra comunidad.

La base fundamental de la concepción del sujeto en El Gimnasio Educativo Montpellier es la dignidad humana, ella se sustenta sobre los valores del respeto, la responsabilidad, la solidaridad, la honestidad y el respeto por el medio ambiente. Se realiza a partir del ejercicio de la libertad y la autonomía, refrendados en derechos y deberes.

Uno de los propósitos de la educación es garantizar a los estudiantes las condiciones que permitan el ejercicio de los derechos como parte de su proceso de formación moral e intelectual, favoreciendo su realización como ser humano y la de los otros.

En la construcción progresiva de su libertad y de su autonomía, el estudiante cuenta con derechos que emanan de su dignidad, garantizados por la sociedad a través de un conjunto de leyes que limitan lo que él puede hacer al interior de la comunidad, sin vulnerar los derechos de los otros, y al mismo tiempo sin que nadie vulnere el ejercicio de los suyos. Por eso, el ejercicio de la libertad y de los derechos implica también el cumplimiento de los deberes.

De acuerdo con lo anterior, es muy importante para toda la comunidad del Gimnasio Educativo Montpellier que, como parte del Manual de Convivencia, se enuncien los derechos. De allí, la invitación a que conociéndolos, nos apropiemos de ellos con la convicción de que puedan acrecentar y consolidar el trabajo en valores, de tal forma que permitan a los estudiantes construir criterios de responsabilidad con su proyecto de vida y con la comunidad que los rodea.

El Gimnasio Educativo Montpellier es un lugar abierto y democrático donde todos sus miembros pueden dialogar, recibir y dar un trato digno, ser respetados en su privacidad y respetar la de los otros, ejercer la libertad de opinión de manera autorregulada, sustentados en los principios formulados anteriormente y enmarcados dentro de los siguientes derechos y deberes.

3.1 DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

“El estudiante del Gimnasio Educativo Montpellier, es concebido como un sujeto en formación, particular, en un ejercicio continuo de reconocimiento y encuentro con los otros (adultos y pares) fundado en el lenguaje y enmarcado en el contexto socio cultural. Es un sujeto activo, partícipe y protagonista de su experiencia de aprendizaje, con la posibilidad de significar lo que aprende de acuerdo a su edad y con los recursos que le brindan sus propios conocimientos y su experiencia de vida.” (Fundamentos Pedagógicos. PEI. Gimnasio Educativo Montpellier).

El estudiante tiene derechos y deberes a:           

  • Ser respetado por las personas que lo acompañan en su proceso formativo.
  • Obrar conforme a los principios y a los acuerdos de convivencia de este Manual.
  • Ser reconocido y preguntar en los diferentes espacios en que tiene contacto con los saberes, de tal forma que pueda permanentemente tener actitudes de reflexión, de crítica, de creación, de argumentación y proposición que permitan desarrollar sus diversas capacidades en su proceso de aprendizaje.
  • Ser respetuoso y reconocer como figuras de autoridad a todas las personas que acompañan los procesos formativos.
  • Conocer permanentemente los avances y dificultades en su proceso formativo; el maestro informará a padres o acudientes sobre éstos.
  • Participar activamente, con actitud crítica y reflexiva, en el cumplimiento de las labores académicas, deportivas y culturales que se le propongan.
  • Expresar libremente sus ideas sin vulnerar la dignidad ni la honra de los demás.
  • Permitir que los demás expresen libre y respetuosamente sus ideas.
  • Ser aceptado sin importar religión, cultura, condición económica, raza, creencia, género y orientación sexual, en bien de la formación y desarrollo de su personalidad, cuya base es la dignidad humana.
  • Aceptar y respetar a los otros sin importar religión, cultura, condición económica, raza, creencia, género y orientación sexual.
  • Participar, ser escuchado en sus peticiones y reclamos, y proponer soluciones a las problemáticas de la comunidad haciendo uso del conducto regular, guardando el debido respeto y veracidad en bien de la convivencia escolar.
  • Mantener dentro o fuera de la institución el buen nombre del Colegio, observando un comportamiento respetuoso en cualquier actividad.
  • Hacer buen uso de todos los espacios comunes, con el objetivo claro de propiciar condiciones formativas de aprendizaje y de convivencia.
  • Disfrutar de un entorno que proteja y favorezca su integridad física, intelectual y social.
  • Hacer uso del conducto regular para ser escuchados, manteniendo una actitud respetuosa, tolerante y reflexiva.
  • Cuidar los espacios y bienes comunes.
  • Ser informado respecto de los diferentes eventos de interés institucional en general.
  • Acceder y utilizar responsablemente la tecnología y la información para su desarrollo formativo, asegurando así sus propios derechos y los de los demás para proteger la seguridad, la salud y la moral.
  • Responsabilizarse del uso adecuado y ético de la tecnología y la información, respetando la privacidad, confidencialidad y los derechos de autor.
  • Cumplir con los horarios y obligaciones en desarrollo de las labores pedagógicas.
  • Cumplir con las normas y compromisos institucionales.

3.2 DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Los padres de familia tienen el derecho y deber de:

  • Conocer los principios generales que orientan el Proyecto Educativo Institucional (PEI) para comprender y apoyar el proceso de formación de sus hijos en procura del desarrollo integral de estos, de conformidad con la constitución y la ley.
  • Recibir información oportuna acerca del proceso formativo de sus hijos.
  • Expresar de manera respetuosa, siguiendo el conducto regular, sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos.
  • Cumplir con su responsabilidad como primeros educadores, acompañando el proceso educativo de sus hijos, siguiendo las orientaciones sugeridas por el Colegio de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el presente Manual.
  • Asistir a las convocatorias que haga el Colegio para conocer, tanto los principios y fundamentos del proyecto educativo (Open House, talleres, conferencias) como el desarrollo del proceso formativo de su hijo en la institución (entregas de reportes y citas particulares).
  • Contribuir a la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad que favorezca una mejor relación entre todos los miembros de la comunidad educativa, independientemente del lugar y el momento en que esta interacción ocurra.
  • Expresar libremente sus ideas sin vulnerar la dignidad ni la honra de los otros.
  • Conocer información sobre el servicio educativo, para apoyar al Colegio en el desarrollo de sus planes de mejoramiento institucional, favoreciendo de esta manera la cualificación de los procesos educativos.
  • Recibir información respecto de los diferentes eventos de interés institucional en general.
  • Comunicar a la institución, siguiendo el conducto regular y de manera respetuosa y oportuna, las irregularidades de las cuales tengan conocimiento para evaluar internamente las acciones a seguir.
  • Asumir su corresponsabilidad con todo lo propuesto en este Manual de Convivencia.
  • Contribuir para que sus hijos cumplan con los horarios y obligaciones en desarrollo de las labores pedagógicas.

3.3 DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL RECTOR, LOS COORDINADORES, PSICÓLOGOS Y MAESTROS,

El rector, los coordinadores, psicólogos y maestros tienen derechos y deberes a:

  • Expresar libremente sus ideas sin vulnerar la dignidad ni la honra de los demás.
  • Asumir con responsabilidad todo lo propuesto en el Manual de Convivencia, como estrategia que posibilita un comportamiento basado en los valores y normas expresadas en él, y obrar conforme a los principios de convivencia del mismo.
  • Ser respetados en su privacidad y ser aceptados sin importar religión, cultura, condición económica, raza, creencia, sexo, género y orientación sexual.
  • Propiciar que la tolerancia, la reflexión y la comunicación respetuosa sean las vías que permitan la escucha en los diferentes procedimientos académicos, sociales o de comportamiento a través de los conductos regulares.
  • Participar y proponer soluciones a las problemáticas de la comunidad haciendo uso del conducto regular.
  • Conocer las características del establecimiento educativo: los principios que orientan el PEI y el plan de estudios, el Manual de Convivencia, las estrategias pedagógicas básicas y el plan de mejoramiento institucional.
  • Recibir orientación y apoyo para el desarrollo de su labor.
  • Mantener el buen nombre del Colegio, observando en cualquier actividad en que lo represente el colegio un comportamiento respetuoso.
  • Ejercer la libertad de cátedra, dentro de los marcos institucionales establecidos.
  • Responsabilizarse del uso de la tecnología y de la información en forma adecuada, ética y oportuna, respetando siempre la privacidad, la confidencialidad y los derechos de autor.
  • Contar con los recursos escolares necesarios para ejercer su labor.
  • Usar responsable y oportunamente los recursos escolares en el desarrollo de las dinámicas institucionales.
  • Hacer uso de los espacios comunes del Colegio, con el objetivo claro de mejorar las condiciones de enseñanza, aprendizaje y convivencia.
  • Cumplir con los horarios y sus obligaciones en bien del proceso formativo de sus estudiantes y de la convivencia de la comunidad.
  • Disfrutar de un entorno que proteja y favorezca su integridad física e intelectual.
  • Contribuir a la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad que favorezca una mejor relación entre todos los miembros de la comunidad educativa, independientemente del lugar y el momento en que esta interacción ocurra.
  • Ser informados respecto de los diferentes eventos académicos, así como también de otros asuntos de interés institucional en general.
  • Cumplir con su responsabilidad docente, acompañando el proceso educativo de sus alumnos, siguiendo las orientaciones estipuladas en el PEI y el Sistema de Gestión de Calidad – SGC.
  • Acceder y utilizar responsablemente la tecnología y la información para su ejercicio profesional, asegurando sus propios derechos y el de los otros para proteger la seguridad, la salud y la moral.
  • Informar oportunamente a los padres sobre el comportamiento y desempeño académico de sus hijos y dejar registro escrito y firmado de cada reunión.
  • Disponer de medios idóneos de instrucción y comunicación, de tal manera que existan las herramientas requeridas para que la comunicación circule efectivamente
  • Comunicar respetuosa y oportunamente a la institución las irregularidades de las cuales tengan conocimiento, siguiendo el conducto regular correspondiente para así recibir respuesta a sus requerimientos.
  • Ser reconocido y respetado como figura de autoridad que acompaña el proceso formativo de los estudiantes.
  • Cumplir con los horarios y obligaciones en desarrollo de las labores particulares de cada quien y en pro de la convivencia de la comunidad.

 3.4         DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES

El personal administrativo y de servicios generales tiene derechos y deberes a:

Expresar libremente sus ideas sin vulnerar la dignidad ni la honra de los demás.

  • Ser respetados en su privacidad y ser aceptados sin importar religión, cultura, condición económica, raza, creencia, sexo, género y orientación sexual.
  • Asumir con responsabilidad todo lo propuesto en el Manual de Convivencia, como estrategia que posibilita un comportamiento basado en los valores y normas expresadas en él, y obrar conforme a los principios de convivencia del mismo.
  • Conocer las características del establecimiento educativo: los principios que orientan el PEI, el Manual de Convivencia y el plan de mejoramiento institucional.
  • Participar y proponer soluciones a las problemáticas de la comunidad haciendo uso del conducto regular.
  • Ser reconocido y respetado como figura de autoridad que acompaña el proceso formativo de los estudiantes.
  • Disfrutar de un entorno que proteja y favorezca su integridad física e intelectual.
  • Mantener el buen nombre del Colegio, observando en cualquier actividad en que lo represente el colegio, un comportamiento respetuoso.
  • Propiciar que la tolerancia, la reflexión y la comunicación respetuosa sean las vías que permitan la escucha en los diferentes procedimientos inherentes a cada campo de acción, respetando en todo momento los conductos regulares establecidos para cada caso.
  • Contar con los recursos necesarios para ejercer su labor.
  • Usar responsable y oportunamente los recursos en el desarrollo de las dinámicas institucionales.
  • Responsabilizarse del uso de la tecnología y de la información en forma adecuada, ética y oportuna, respetando siempre la privacidad, la confidencialidad y los derechos de autor.
  • Cumplir con los horarios y obligaciones en desarrollo de las labores particulares de cada quien y en pro de la convivencia de la comunidad.
  • Contribuir a la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad que favorezca una mejor relación entre todos los miembros de la comunidad educativa, independientemente del lugar y el momento en que esta interacción ocurra.
  • Informar oportunamente a quien competa, cuando ello sea necesario, sobre el comportamiento y desempeño de los estudiantes, en cada espacio.
  • Comunicar respetuosa y oportunamente a la institución las irregularidades de las cuales tengan conocimiento, siguiendo el conducto regular correspondiente para así recibir respuesta a sus requerimientos.

 CAPÍTULO 4

LAS NORMAS Y LOS LÍMITES COMO FORMADORES DEL ESTUDIANTE Y PROMOTORES DEL VÍNCULO SOCIAL

El ser humano, para vivir bien, necesita de otros, no puede hacerlo solo. Para vivir bien con otros, necesita de límites pues estos le proporcionan seguridad y posibilidades de relacionarse socialmente. Aprender a aceptar los límites es un proceso que toma tiempo y esfuerzo. Aquél requiere de un ambiente de apoyo, firmeza y seguridad que determine clara y respetuosamente cuáles son los límites. Igualmente, el establecimiento de consecuencias oportunas ante las faltas con el fin de ayudar al individuo en la búsqueda del autocontrol y/o la auto regulación para evitar expresarse con comportamientos que afectan la sana convivencia.

La reflexión sobre los límites y las consecuencias de tenerlos en cuenta o no es un proceso de aprendizaje, permite formar una ética interna en cada ser humano para autorregularse, es decir, establecer sus propios límites.

Para que podamos aspirar a que el autocontrol sea el punto de llegada del camino de la convivencia, debemos asegurar que cada intervención y/o la consecuencia asignada a un comportamiento que afecte la sana convivencia, sea respetuosa de la dignidad humana, oportuna y coherente con la falta cometida.

Con base en esto, será necesario explicar al individuo por qué se interviene y qué se busca con esta intervención para que, con su colaboración se pueda buscar qué es lo que motiva este comportamiento y poder llegar a la causa. Esto por supuesto es más exigente que el simple hecho de ser permisivos o autoritarios.

Para que un individuo asimile las enseñanzas que le ofrecen las figuras de autoridad sobre un comportamiento inadecuado debe aprender a identificar sus errores, enfrentarlos y reconocer el efecto de sus actos en la convivencia con los otros.

En el Proyecto Pedagógico Institucional (PPI) se concibe el error como una oportunidad de aprendizaje y formación personal. Este principio pedagógico, en el ámbito de la convivencia, implica asumir que cometer errores en el vínculo social y entrar en situaciones de conflicto es inherente a todo ser humano.

Por lo anterior, en la intervención con los estudiantes el trabajo apunta a fortalecer el desarrollo de la autonomía, ayudándoles a:

  • Aprender a reconocer los errores.
  • Dar prioridad al bien común sobre el particular.
  • Decir la verdad.
  • Buscar cuál es la causa de ese error para poder proponer intervenciones que actúen sobre la causa misma.
  • Analizar los efectos del error y asumir las consecuencias que se deriven de él.
  • Restaurar el vínculo lesionado y/o reparar el daño causado.

Los adultos que conforman la comunidad (directivos, psicólogos, maestros, padres de familia, personal administrativo y personal de servicios operativos) tienen la importante misión de contribuir con sus actuaciones, intervenciones y/o decisiones, a que este proceso se dé en su totalidad, promoviendo así que el estudiante lo vaya interiorizando poco a poco en su vida. El cumplimiento de esta misión requiere que los estudiantes asuman debidamente su corresponsabilidad en este proceso.

DE LAS FALTAS, LOS PROCEDIMIENTOS Y LAS SANCIONES

Las disposiciones relativas a la convivencia que se encuentran en este capítulo, rigen en las actividades de todo tipo, programadas institucionalmente dentro y fuera del Colegio, tanto académicas, culturales como deportivas.

El Colegio podrá intervenir y tomar las medidas que se consideren pertinentes en aquellas situaciones que afecten el bienestar personal del estudiante y/o de la comunidad y que se den en cualquier evento y/o espacio, aún a través de medios virtuales digitales.

El Colegio considera una falta o hecho que amerita una intervención pedagógica, todo comportamiento que lesione alguno de los principios del Manual de Convivencia, que omita el cumplimiento de un deber, omita el ejercicio de un derecho y/o vulnere los derechos de los otros rompiendo el vínculo social y afectando el sentido de comunidad.

El proceso de establecer unos hechos sancionables, sus posibles consecuencias y socializarlos con toda la comunidad educativa, es un acto inscrito en el marco de la Pedagogía de la Convivencia. Este proceso es llevado a cabo con una intencionalidad plenamente formativa, preventiva y coherente con los derechos fundamentales consagrados en nuestra Constitución Política.

DE LAS FALTAS Y SUS PROCEDIMIENTOS

En el proceso formativo derivado de la comisión de las faltas aquí estipuladas, el Colegio agotará un debido proceso que incluya el pertinente registro de lo ocurrido y de la situación evaluada, las sanciones y las acciones de reparación derivadas de la misma.

Los procedimientos aquí contenidos se orientan a asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los alumnos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 1965 de 2013.

De acuerdo a lo anterior, el Colegio ha establecido cuatro categorías de faltas:

  • Leves.
  • Graves.
  • Muy Graves y
  • De Suma Gravedad

4.1 FALTAS LEVES

Son aquellas que se presentan cuando los estudiantes transgreden las normas institucionales establecidas y orientadas al funcionamiento y organización diarios de la dinámica escolar.

La exigibilidad de cumplimiento de dichas normas será aplicada por el Colegio, de conformidad con los requerimientos de cada sección y nivel.

El documento pertinente que se expida para tal efecto, hará parte integral de este Manual de Convivencia como Anexo. Las normas contenidas en el documento anexo podrán ser modificadas de acuerdo con las necesidades y las circunstancias. Las modificaciones serán aprobadas por el rector en reunión con representantes de todos los estamentos que conforman la comunidad educativa. Se dejará acta de dicha reunión.

Es un compromiso del Colegio, la socialización de dichas normas, con los estudiantes y los padres de familia al principio de cada periodo lectivo.

Dichas disposiciones contemplan entre otras, las normas para:

  1. Uso de uniformes y adecuada presentación personal.
  2. Horario de la jornada escolar: hora de llegada al colegio, de inicio y terminación de clases, horarios de recreo, almuerzo y de actividades de superación y complementarias.
  3. Transporte de estudiantes en carros particulares.
  4. El normal desarrollo de las clases y otras actividades culturales o deportivas.
  5. Tramitar permisos de movilidad al interior del Colegio.
  6. Uso de mobiliario e implementos escolares.
  7. Comportamiento en zonas comunes.
  8. Tramitar permisos para salidas pedagógicas y otros permisos.
  9. Los acuerdos de cada sección y de nivel.

 PROCEDIMIENTOS A SEGUIR FRENTE A FALTAS LEVES

  1. El estudiante recibirá un llamado de atención verbal por parte del adulto que esté a cargo de la actividad y/o presencie la situación de falta leve.

El adulto deberá reseñar en el Observador del Alumno, la situación ocurrida, dejando evidencia del llamado de atención.

Si se reincide por segunda vez en el mismo comportamiento considerado como una falta leve, se realizará el siguiente procedimiento:

  1. El adulto responsable y conocedor de la situación tendrá una reunión con el estudiante, quien realizará un registro de la descripción de lo sucedido. Con base en el mismo, la reunión tendrá como propósito buscar la reflexión y el aprendizaje pero también constituirá una estrategia de regulación. Este será el momento para ayudar al estudiante a indagar sobre cuáles pueden ser las causas o motivaciones de su comportamiento y se registrará su compromiso de mejora.
  2. Se comunicará a los padres de manera presencial –caso en el cual se dejará registro- o por medio escrito, físico o digital, sobre la situación y se harán acuerdos y compromisos con la familia para evitar que suceda nuevamente.

Si se reincide por tercera vez en el mismo comportamiento considerado como una Falta Leve se seguirá este procedimiento:

  1. Previa verificación de la comisión de la falta, el adulto responsable y conocedor de la situación tendrá una reunión con el estudiante, quien registrará la situación en el formato pertinente, documento a partir del cual, el maestro y/o el coordinador se comunicará a los padres de manera presencial –caso en el cual se dejará registro– o por medio escrito o digital, sobre la situación y la medida formativa de suspensión a asignar, que podrá ser de uno a dos días.

Si después del procedimiento anterior el estudiante incurre por cuarta vez en cualquiera de estas faltas, se considerará desacato a la autoridad que se clasifica como una Falta Grave y se seguirá el procedimiento correspondiente.

Parágrafo 1:

Los implementos que los estudiantes utilicen para entorpecer las clases u otras actividades serán retenidos y sólo serán devueltos a los padres y /o acudientes en un término máximo de treinta (30) días calendario.

Parágrafo 2:

La documentación del proceso (actas de reunión, registro o descripción de lo ocurrido, citaciones, entre otros) se anexará al Observador del Estudiante. El registro de los hechos será realizado por los estudiantes. Para los niños de preescolar y primero, el adulto tomará registro de las narraciones que ellos hagan.

Parágrafo 3:

Cuando el estudiante cumpla jornadas compensatorias y/o reparativas y/o sea suspendido, realizará las actividades que se le asignen de acuerdo a la falta cometida y no podrá participar en otras actividades académicas individuales o grupales, culturales o deportivas del Colegio o en representación del mismo.

El estudiante será responsable de realizar por sí mismo todo el trabajo académico que se desarrolle en clase durante su ausencia. Cuando un trabajo individual o grupal haya sido asignado antes del periodo de la suspensión y la fecha de entrega coincida con el mismo, el estudiante deberá hacerlo llegar al profesor en la fecha acordada. No se le aceptarán entregas en fecha posterior a la establecida.

4.2 FALTAS GRAVES

Son aquellas que ocasionan un daño a la armonía institucional, lesionando los principios del Manual de Convivencia y la buena marcha de las labores formativas. Corresponde a esta definición, la comisión de las siguientes faltas:

4.2.1 La reiteración o reincidencia en la comisión de faltas leves.

4.2.2 Desacatar las órdenes de las figuras de autoridad y los adultos responsables.

4.2.3. Irrespetar o asumir de manera agresiva, desafiante o altanera los llamados de atención que le sean realizados tanto dentro de la Institución como en actividades que impliquen representación de la misma, fuera de su sede.

4.2.4.     Traer al colegio cualquier clase de dispositivos electrónicos y digitales u otros objetos semejantes sin estar debidamente autorizado. En Preescolar y Primaria traer celulares.

Parágrafo: El Colegio no se hace responsable por el daño o la pérdida de cualquier objeto que los alumnos traigan a la institución.

4.2.5 Vender cualquier tipo de productos o establecer negocios, sin la debida y previa autorización institucional.

4.2.6 Faltar a clases sin la debida autorización, estando en el Colegio.

4.2.7 Faltar injustificadamente a compromisos institucionales o interinstitucionales de carácter académico, deportivo o artístico.

4.2.8 Abusar de la confianza otorgada por las figuras de autoridad del Colegio.

4.2.9 Irrespetar de palabra o lanzar objetos a los transeúntes cuando se está en el recorrido del bus escolar.

4.2.10. Esconder, disponer o dañar los objetos personales de los compañeros sin autorización.

4.2.11 Comportamientos que impliquen una agresión (física, verbal, gestual, relacional, electrónica) y que tenga un efecto negativo sobre uno o varios miembros de la comunidad escolar. Se consideran en estas agresiones, aquellas más del tipo reactivo y que no incluyen actos deliberados o premeditados, y que tampoco presentan un elemento de repetición ni se dan de manera sistemática, es decir, de una manera particular.

4.2.12    Conflictos manejados inadecuadamente y situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR FRENTE A LAS FALTAS GRAVES:

  1. El adulto responsable que conozca de la falta, informará a la mayor brevedad al docente y/o a la Coordinación
  2. El adulto responsable, el docente y/o el   Coordinador(a), tendrá(n) una reunión con el estudiante, donde este último realizará un registro de la descripción de lo sucedido, se informará al alumno de las versiones y pruebas en que se fundamentan los hechos motivo de análisis, permitiéndole en un espacio de reflexión, controvertirlas y aportar, en caso de existir, las pruebas con que cuente a su favor.

En caso que la situación sea un conflicto entre varias personas, esta reunión tendrá como propósito la mediación entre las partes.

  1. El Colegio informará personalmente –caso en el cual se dejará registro– o por medio escrito, físico o digital, a los padres de familia del inicio del procedimiento.
  2. En caso de haberse sustentado suficientemente la falta y evidenciar su calificación de gravedad, el Coordinador(a) con su Equipo de Nivel, decidirán la medida formativa entre las que pueden estar la suspensión en el Colegio de uno a dos días y suspensión en casa de dos a cinco días.
  3. Se citará al estudiante con sus padres y/o acudientes para comunicar la medida formativa adoptada, de lo cual se dejará reseña. El estudiante, conjuntamente con el Colegio y con su familia, diseñará un plan de apoyo y seguimiento a su proceso.
  4. Dentro de las estrategias de reparación, el alumno escribirá un texto reflexivo, que se registrará en su Observador, donde analice las causas de su comportamiento, y planteará en el mismo cuál será el acto reparador y de conciliación que proponga y acuerde con el Docente y/o el Coordinador(a), así como su modalidad y fecha de realización.
  5. El Docente y/o el Coordinador(a) harán seguimiento de las acciones reparadoras y de conciliación acordadas e informará al estudiante y a sus padres en la entrega de informes posterior a la comisión de la falta.

Si se incurre por segunda vez en el mismo comportamiento calificado como una Falta Grave, se considerará como falta Muy Grave.

La concurrencia de comportamientos considerados como Faltas Graves en un período no mayor de treinta (30) días, constituirán falta Muy Grave.

Parágrafo 1:

La documentación del proceso (actas, de reunión, registro o descripción de lo ocurrido, citaciones, entre otros) se anexará al Observador del Alumno. El registro de los hechos será realizado por los estudiantes. Para los niños de Preescolar y Primero, el adulto tomará registro de las narraciones que estos hagan.

Parágrafo 2:

Cuando el estudiante cumpla jornadas compensatorias y/o reparativas y/o sea suspendido, realizará las actividades que se le asignen de acuerdo a la falta cometida y no podrá participar en otras actividades académicas, culturales o deportivas del Colegio o en representación del mismo. Será responsable de realizar por sí mismo todo el trabajo académico que se desarrolle en clase durante su ausencia. Cuando un trabajo individual o grupal haya sido asignado antes de la fecha de la suspensión, y la fecha de entrega coincida con el período de suspensión, el estudiante deberá hacerlo llegar al profesor en la fecha acordada. No se le aceptarán entregas en fecha posterior a la establecida.

PARÁGRAFO 3:

Los comportamientos descritos en los numerales 4.2.10, 4.2.11, 4.2.12, de la calificación de faltas graves, corresponden para El Gimnasio Educativo Montpellier a la definición de Situaciones Tipo I estipuladas en el Decreto 1965 de 2013. De conformidad con la estipulación legal preceptuada en el artículo 42 de dicho Decreto, además del procedimiento indicado en el presente Manual, en los casos aquí pertinentes que correspondan a la definición indicada en el numeral 4.2.12 anterior, el Colegio deberá:

  1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.
  2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia.
  3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del Decreto 1965 de 2013.

4.3 FALTAS MUY GRAVES

Son aquellas que ocasionan un daño muy grave a la armonía institucional lesionando los principios del Manual de Convivencia y la buena marcha de las labores formativas.

Se considerarán faltas muy graves los siguientes actos:

4.3.1      Incurrir en comportamientos que atenten contra la imagen y buen nombre del Colegio.

4.3.2.     Incurrir en falta grave por segunda vez o concurrencia de comportamientos distintos considerados como falta grave en un lapso no mayor de treinta (30) días.

4.3.3.     Irrespeto entre miembros de la comunidad utilizando gestos, tono de voz agresivo o expresiones soeces.

4.3.4.     Irrespetar o asumir de manera agresiva, desafiante o altanera, los llamados de atención que le haga un adulto del Colegio o una figura de autoridad en caso de encontrarse representando a la institución fuera de la misma.

4.3.5.     Intimidación escolar. Corresponde a situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (cyberbullying) que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

  1. a) Que se presenten de manera repetida o sistemática.
  2. b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

4.3.6. Incumplir las sanciones impuestas ante la realización de faltas graves.

4.3.7. Cometer plagio, copia en exámenes y trabajos y/o cualquier otra forma de fraude.

4.3.8. Falsificar firmas.

4.3.9. Comprar y/o vender trabajos académicos.

4.3.10. Salir del Colegio sin la debida autorización.

4.3.11. Fumar dentro de las instalaciones del Colegio o cuando se está en actividades escolares programadas fuera del espacio físico institucional. Esto incluye el uso de cigarrillos electrónicos, narguilas o cualquier otro dispositivo.

4.3.12.  El consumo de bebidas alcohólicas y/o de otras sustancias psicoactivas, dentro de las instalaciones del Colegio o cuando se está en actividades escolares programadas fuera del espacio físico institucional y/o presentarse al Colegio bajo sus efectos.

4.3.13.  Daños intencionales a bienes muebles o inmuebles del Colegio o de particulares.

4.3.14.  Cualquier otra falta que a criterio del Equipo de Nivel, vaya en contra de los principios éticos y/o formativos establecidos por la institución.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR FRENTE A FALTAS MUY GRAVES:

  1. El adulto responsable que conozca de la falta, informará a la mayor brevedad al Docente y/o a la Coordinación
  2. El adulto responsable, el Docente y/o el Coordinador(a), tendrá(n) una reunión con el estudiante, donde este último realizará un registro de la descripción de lo sucedido, se informará al alumno de las versiones y pruebas en que se fundamentan los hechos motivo de análisis, permitiéndole en un espacio de reflexión, controvertirlas y aportar, en caso de existir, las pruebas con que cuente a su favor.

En caso de que la situación sea un conflicto entre varias personas, esta reunión tendrá como propósito la mediación entre las partes.

  1. El Colegio informará personalmente –caso en el cual se dejará registro– o por medio escrito, físico o digital, a los padres de familia del inicio del procedimiento.
  2. En caso de haberse sustentado suficientemente la falta y evidenciar su calificación de MUY GRAVE, el Coordinador(a) con su Equipo de Nivel, decidirán las medidas formativas, entre las que pueden estar la suspensión de un día en el Colegio y de seis a diez días fuera del mismo.
  3. Se citará al estudiante con sus padres y/o acudientes para comunicar la medida formativa adoptada, de lo cual se dejará reseña. El estudiante, conjuntamente con el Colegio y su familia, diseñarán un plan de apoyo y seguimiento a su proceso.
  4. Dentro de las estrategias de reparación, el alumno escribirá un texto reflexivo, que se registrará en su Hoja de Vida, donde analice las causas de su comportamiento y planteará en el mismo cuál será el acto reparador y de conciliación que proponga y acuerde con el Docente y/o el Coordinador(a), así como su modalidad y fecha de realización.
  5. El Docente y/o el Coordinador(a) hará seguimiento de las acciones reparadoras y de conciliación acordadas e informará al estudiante y a sus padres en la entrega de informes posterior a la comisión de la falta.

Si se incurre por segunda vez en el mismo comportamiento calificado como una Falta Muy Grave, se considerará como Falta de Suma Gravedad.

La concurrencia de comportamientos considerados como Faltas Muy Graves en un período no mayor de treinta (30) días, constituirán falta de Suma Gravedad.

PARÁGRAFO 1:

La documentación del proceso (actas, de reunión, registro o descripción de lo ocurrido, citaciones, entre otros) se anexará a la Hoja de Vida del Estudiante. El registro de los hechos será realizado por los estudiantes. Para los niños de Preescolar y Primero, el adulto tomará registro de las narraciones que estos hagan.

PARÁGRAFO 2:

Cuando el estudiante sea suspendido, realizará las actividades que se le asignen de acuerdo a la falta cometida y no podrá participar en otras actividades académicas, culturales o deportivas del Colegio o en representación del mismo. Será responsable de realizar por sí mismo todo el trabajo académico que se desarrolle durante la suspensión. Cuando un trabajo individual o grupal haya sido asignado antes de la fecha de la suspensión y la fecha de entrega coincida con el período de suspensión, el estudiante deberá hacerlo llegar al profesor en la fecha acordada. No se le aceptarán entregas en fecha posterior a la establecida.

PARÁGRAFO 3:

Los comportamientos descritos en el numeral 4.3.5.del capítulo de Faltas Muy Graves, corresponden a la definición de Situaciones Tipo II estipuladas en el Decreto 1965 de 2013.

De conformidad con la estipulación legal preceptuada en el artículo 42 de dicho Decreto, además del procedimiento indicado en el presente Manual, el Colegio deberá:

  1. En casos de daño al cuerpo o la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
  2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.
  3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.
  4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
  5. Generar espacios donde las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, a la confidencialidad y demás derechos fundamentales.
  6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo, así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.
  7. El Rector, en su calidad de presidente del Comité Escolar de Convivencia, informará a los demás integrantes de este Comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El Comité Escolar de Convivencia realizará el análisis y seguimiento necesarios, a fin de verificar si la solución fue efectiva o se requiere acudir al protocolo de las situaciones tipo III del decreto 1965 de 2013.
  1. El Comité Escolar de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.
  2. El Rector, en su calidad de presidente del Comité Escolar de Convivencia, reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
  3. Cuando el Comité Escolar de Convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán las activaciones de protocolos incluidas en el artículo 45 del decreto 1965 de 2013.

 4.4 FALTAS DE SUMA GRAVEDAD

Son aquellas que perturban muy gravemente la armonía institucional y suponen el desconocimiento de los principios éticos y morales que rigen nuestra sociedad y los que sustentan este Manual de Convivencia.

Se considerarán Faltas de Suma Gravedad los siguientes actos:

4.4.1. Incurrir en falta muy grave por segunda vez e incurrir en concurrencia de comportamientos distintos considerados como falta grave en un lapso no mayor de treinta (30) días

4.4.2. Situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2.000 –Código Penal Colombiano– o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

4.4.3. Agresión física que produzca lesión personal grave según lo tipificado por el Código Penal y/o de la Infancia y la Adolescencia.

4.4.4. Alteración o falsificación de documentos oficiales.

4.4.5. La tenencia y/o uso de pólvora, materiales explosivos y otras materias inflamables.

4.4.6.     La tenencia y/o uso de armas

4.4.7.     La tenencia, venta y/o distribución de bebidas alcohólicas y/o de otras sustancias psicoactivas y/o cuyo consumo y uso esté prohibido dentro de las instalaciones del Colegio o cuando se está en actividades escolares programadas fuera del espacio físico institucional.

4.4.8.     El robo o el hurto.

4.4.9. Todas las demás conductas que puedan categorizarse como presuntos delitos según la ley colombiana.

 PROCEDIMIENTO A SEGUIR FRENTE A FALTAS DE SUMA GRAVEDAD

  1. El adulto responsable que conozca de la falta, informará a la mayor brevedad al Docente y/o a la Coordinación
  2. El adulto responsable, el Docente y/o el   Coordinador(a), tendrá(n) una reunión con el estudiante, donde este último realizará un registro de la descripción de lo sucedido, se informará al alumno de las versiones y pruebas en que se fundamentan los hechos motivo de análisis, permitiéndole en un espacio de reflexión, controvertirlas y aportar, en caso de existir, las pruebas con que cuente a su favor. En caso que la situación sea un conflicto entre varias personas, esta reunión tendrá como propósito la mediación entre las partes.
  3. El Colegio informará personalmente –caso en el cual se dejará registro– o por medio escrito, físico o digital, a los padres de familia del inicio del procedimiento.
  4. En caso de haberse sustentado suficientemente la falta y evidenciar su calificación como una falta de suma gravedad, El (la) Coordinador (a) de Sección citará personal y formalmente al alumno y a los padres de familia, informando y dejando registro de la calificación de la falta de suma gravedad contra las normas del Manual de Convivencia, la suspensión del alumno de manera inmediata e indefinida, y la puesta en conocimiento de la Rectoría de dicha decisión.
  5. El Rector, de conformidad con el estudio que realice de los hechos y pruebas aportadas, con el respectivo Equipo de Nivel y comités asesores que él determine, emitirá una Resolución motivada, en que indicará la imposición de la sanción proporcional a la falta de suma gravedad cometida.
  6. Si la decisión sustentada del Rector, define como sanción el retiro definitivo del alumno del Colegio, éste y sus padres y ante la Junta Directiva de la institución, tendrán derecho a interponer recursos contra la sanción indicada en el numeral anterior, estamento que conocerá y decretará en última instancia, la expulsión o no regreso al Colegio del alumno, cuando las circunstancias así lo ameriten, de conformidad con lo preceptuado en el literal h del artículo trigésimo de los estatutos del Colegio.

PARÁGRAFO 1:

La documentación del proceso (actas de reunión, registro o descripción de lo ocurrido, citaciones, entre otros) se anexará a la Hoja de Vida del Estudiante. El registro de los hechos será realizado por los estudiantes. Para los niños de Preescolar y primero, el adulto tomará registro de las narraciones que estos hagan.

 PARÁGRAFO 2:

Cuando el estudiante sea suspendido, realizará las actividades que se le asignen de acuerdo a la falta cometida y no podrá participar en otras actividades académicas, culturales o deportivas del Colegio o en representación del mismo. Será responsable de realizar por sí mismo todo el trabajo académico que se desarrolle durante la suspensión. Cuando un trabajo individual o grupal haya sido asignado antes de la fecha de la suspensión y la fecha de entrega coincida con el período de suspensión, el estudiante deberá hacerlo llegar al profesor en la fecha acordada. No se le aceptará entregas en fecha posterior a la establecida.

PARÁGRAFO 3.

Los comportamientos descritos en el numeral 4.4.2. Del capítulo de faltas de suma gravedad, corresponden a la definición de Situaciones Tipo III estipuladas en el Decreto 1965 de 2013. De conformidad con la estipulación legal preceptuada en el artículo 44 de dicho Decreto, sin perjuicio del procedimiento indicado en el presente Manual, el Colegio deberá:

  1. En casos de daño al cuerpo o la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
  2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
  3. El Rector en su condición de presidente del Comité Escolar de Convivencia, de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.
  4. No obstante lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el Manual de Convivencia. De la citación se dejará constancia.
  5. El Rector, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.
  1. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del Gimnasio Educativo Montpellier, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión, y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.
  2. El Rector, en su calidad de presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
  3. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre El Gimnasio Educativo Montpellier.

CRITERIOS PARA DETERMINAR LA SANCIÓN

Para determinar la intervención formativa correspondiente de manera justa, pertinente y oportuna, se analizará la situación a la luz de los siguientes criterios:

  • La descripción de la falta cometida por parte de las personas involucradas
  • El contexto dentro del cual se dio la situación
  • La edad del (los) estudiante(s) involucrados en ella.
  • El nivel de escolaridad del (los) involucrado (s)
  • Los antecedentes de la circunstancia en estudio (reincidencia u otros)
  • Los motivos que la causaron
  • El reconocimiento y la actitud del (los) implicado (s) frente a la falta.
  • El grado de su participación en lo sucedido
  • El efecto que genera la acción cometida, en la comunidad. Este efecto se valorará de acuerdo con la trascendencia social del mismo, como: el mal ejemplo dado, la complicidad con otros y el perjuicio causado, entre otros.

Como complemento y para determinar la sanción de una falta, se tendrán en cuenta tanto los criterios anteriormente mencionados como los estipulados en la Ley 1620 de 2013, su Decreto Reglamentario1965 de septiembre 11 de 2013, y demás normas vigentes y concordantes.

En cumplimiento de los criterios y normas enunciadas, algunas modalidades de sanción y acciones de reparación y conciliación previstas, en el presente Manual de Convivencia son: la suspensión en la sede de la institución o fuera de ella, jornadas compensatorias fuera del horario regular, trabajo comunitario, suspensión de la participación en actividades pedagógicas, extracurriculares, culturales y/o recreativas, cumpliendo con las instrucciones que se establezcan, reparación o pago del daño ocasionado a muebles o enseres, elaboración de trabajos como carteleras, campañas educativas, etc, aseo o labores de mantenimiento, el condicionamiento de su permanencia en la institución, el retiro por uno o más periodos lectivos y el retiro definitivo.

 Este Manual de Convivencia es una contribución colectiva al proyecto de formación de mejores ciudadanos y rige la convivencia entre los miembros de la comunidad, incluyendo todos los estamentos: estudiantes, maestros, psicólogos, padres de familia y tutores, personal de mantenimiento, de administración y directivos.

El Manual de Convivencia trata de aclarar ideas y suscitar reflexiones que permitan el disfrute y protección de derechos, el cumplimiento de deberes y la resolución de los desacuerdos a través del diálogo, la conciliación y la reparación.

Si reconocemos que las normas son útiles y las prohibiciones y sanciones son inevitables, este Manual de Convivencia pretende recordar siempre que cuando obramos con respeto y anticipamos los efectos de nuestros actos, es decir, cuando actuamos por convicción, podemos conseguir una mejor convivencia.

Referente legal de este Manual de Convivencia:

– Constitución Política de Colombia.

– Código del Menor (Decreto 2337 de 1989).

– Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006).

– Ley General de Educación (Ley 115 de 1994).

– Sistema Nacional de convivencia Escolar y Formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar (Ley 1620 de 2013, Decreto 1965 de 2013).

– Estatutos de la Asociación Gimnasio Educativo Montpellier, Reglamentos o manuales internos

– Proyecto Educativo Institucional

Hacen parte integrante de este Manual de Convivencia todas las normas y reglamentos expedidos y aprobados por la Rectoría y/o la Junta Directiva del Colegio. (Acuerdos y Normas Institucionales que Facilitan la Organización y el Desarrollo de la Dinámica Escolar, Reglamento de Biblioteca, Normas de Evaluación y Promoción, Reglamento de Transporte, Reglamento de Matrícula, Resolución de Costos Educativos, Reglamento de Becas y otros.)

La Junta Directiva del Gimnasio Educativo Montpellier expidió la Resolución de Junta Directiva No. 3 del 3 de marzo del año 2022, por medio de la cual se creó el Comité Escolar de Convivencia del Gimnasio Educativo Montpellier, en los términos del artículo 22 del Decreto 1965 de 2013.

El presente texto fue resultado de proceso de liderazgo realizado por el Comité Escolar de Convivencia, conforme lo establecido en el artículo 21 de la ley 1620 de 2013 y el título III del decreto 1965 de 2.013, con la decidida participación y acompañamiento del Consejo Académico de la Asociación Gimnasio Educativo Montpellier.

Este Manual fue aprobado por la Junta Directiva en sesión de fecha 03 de marzo de 2022, previa socialización y participación activa de toda la comunidad educativa, de acuerdo con lo estipulado en el artículo trigésimo, literal d de los Estatutos de la Asociación Gimnasio Educativo Montpellier.

La adopción del mismo, fue realizada por el Consejo Directivo de la Asociación, en cumplimiento de lo preceptuado en el literal j del artículo trigésimo octavo de los mismos Estatutos en sesión de fecha 03 de marzo de 2022.

El presente Manual de Convivencia rige a partir de marzo 4 de 2022, fecha de su publicación

 

KELLY JOHANNA DIAZ ESCUDERO

RECTORA

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